Autónomos Riojanos recibirán 32,511 millones dentro del Plan de rescate para autónomos, empresas y profesionales
Fecha: 23 Abr 2021
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de La Rioja (UPTA Rioja) ha hecho llegar al consejero de Desarrollo Autonómico del Gobierno de La Rioja un listado complementario de códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), en el que se encuadran actividades económicas especialmente afectadas en nuestro territorio que permitirán a miles de personas trabajadoras autónomas de la Comunidad Autónoma poder acceder al mencionado plan de rescate. A este listado hay que añadir los correspondientes a las actividades del Vino, Calzado, Madera, Ocio Nocturno, etc.
En cuanto al procedimiento de la convocatoria de ayudas que deberá ser publicada a tal efecto, UPTA ha trasmitido a la Consejería diferentes propuestas. En primer lugar, consideran que el procedimiento de concesión debería tramitarse y resolverse en régimen de concurrencia no competitiva, pero no ajustándose estrictamente orden de la fecha de presentación de la solicitud hasta el agotamiento del crédito asignado.
A juicio de UPTA Rioja, se debería establecer una reserva de crédito para los distintos supuestos de perdida de facturación, de tal manera que dichas reservas se destinen de la siguiente forma:
- El 50% del presupuesto total del montante asignado a La Rioja por el Gobierno de España (16,255 de los 32,511 millones) a aquellos autónomos, empresas o profesionales que puedan justificar una pérdida de facturación superior al 50% entre los años 2020 y 2019.
- El 25% del presupuesto (8,127 de los 32,511 millones) para aquellos autónomos, empresas o profesionales que acrediten la minoración de facturación entre el 40% y el 50% entre los años 2020 y 2019.
- El 25% del presupuesto (8,217 de los 32,511 millones) para aquellos autónomos, empresas y profesionales con una merma en la facturación de entre el 30% al 40%.
Esta fórmula permitiría, sin duda alguna, establecer las ayudas de forma proporcional al grado de las pérdidas de facturación, proporcionando un mayor presupuesto para aquellas actividades económicas que más han sufrido la crisis producida por la Covid-19 y, por tanto, mayores ayudas para los destinatarios más afectados, al no haberse establecido la ayuda con carácter universal, como ha reclamado UPTA Rioja, requiriendo exclusivamente un pérdida económica significativa, independientemente del sector o actividad, sobre todo teniendo en cuenta que la mayor parte de los autónomos han tenido una afectación importante por las limitaciones y restricciones establecidas.
Con respecto al procedimiento de concesión, para las pruebas documentales que tendrían que acreditar la situación de beneficiario deberían establecerse mecanismos rápidos y sencillos de acreditación, puesto que es fundamental que las ayudas se resuelvan de forma rápida, no más tarde de los 30 días posteriores al de presentación de la solicitud. Para ello, UPTA Rioja cree necesario que se establezcan en la orden de ayudas sistemas que permitan semiautomatizar la mayoría de las solicitudes.
La declaración responsable es el documento establecido en el RDL para que puedan acreditar la pérdida de facturación necesaria aquellos autónomos personas físicas que están el sistema tributario conocido como Módulos. En cambio, para los autónomos y profesionales en estimación directa sería suficiente con el contraste de las declaraciones del IRPF de las anualidades 2019 y 2020. Este contraste podría realizarse a través de la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para que recabe la información fiscal necesaria para las comprobaciones pertinentes, o mediante la aportación documental pertinente.
En relación al procedimiento de justificación para la comprobación de que la ayuda concedida se ha destinado a la finalidad establecida y en el orden determinado por el Real Decreto Ley 5/2021, UPTA Rioja propone que esta se haga a través de un auditor de cuentas externo inscrito en el registro pertinente o a través de una encomienda de gestión.
Dadas las circunstancias de asfixia económica en la que se encuentran miles de actividades económicas de la Comunidad, es fundamental hacer llegar al tejido productivo estas ayudas que, sin duda, garantizarán la continuidad de las mismas, asegurando con ello los puestos de trabajo que generan.
A continuación, se puede ver el listado de CNAES proporcionado por UPTA a la Consejería de Desarrollo Autonómico:
SECTOR |
CNAE |
DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD |
OBSERVACIONES |
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ARTESANÍA |
1310 |
Preparación e hilado de fibras textiles |
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1320 |
Fabricación de tejidos textiles |
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1330 |
Acabados textiles |
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1392 |
Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir |
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1512 |
Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería |
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1629 |
Fabricación de otros productos de madera; artículos de corcho, cestería y espartería |
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2331 |
Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica |
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2341 |
Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental |
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2410 |
Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones |
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2550 |
Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos |
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3230 |
Fabricación de instrumentos musicales |
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3299 |
Otras industrias manufactureras n.c. |
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AGENTE COMERCIAL |
4611 |
Intermediarios del comercio de materias primas agrarias y textiles, animales y productos semielaborados |
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4619 |
Intermediarios del comercio de productos diversos |
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COMERCIO |
4729 |
Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados |
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4764 |
Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados. |
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4765 |
Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados |
Tiendas de juguetes |
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4776 |
Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados |
Floristerías |
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4778 |
Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados |
Tiendas souvenir |
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FERIA |
4781 |
Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puntos de venta y en mercadillos |
Actividad ligada a ferias y espectáculos |
4782 |
Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercadillos. |
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ARTESANÍA |
7410 |
Actividades de diseño especializado |
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EDUCACIÓN |
8532 |
Educación secundaria técnica y profesional |
|
8551 |
Educación deportiva y recreativa |
|
|
8552 |
Educación cultural |
|
|
8553 |
Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje |
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8559 |
Otra educación n.c.o.p. |
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|
8560 |
Actividades auxiliares a la educación |
Vinculados a las guarderías infantiles |
|
8891 |
Actividades de cuidado diurno de niños |
||
8899 |
Otras actividades de servicios sociales sin alojamienton.c.o.p. |
||
ARTESANIA |
9003 |
Creación artística y literaria |
Está vinculado con IAE 861 Pintores, escultores, ceramistas y artesana. |
EDUCACIÓN |
9491 |
Actividades de organizaciones religiosas |
|
9499 |
Otras actividades asociativas n.c.o.p. |
|
|
SERV. PERSONALES |
9602 |
Peluquería y otros tratamientos de belleza |
|
EDUCACIÓN |
9609 |
Otros servicios profesionales n.c.o.p. |
|